DECLARACION JURADA

¡VIAJAR ES MÁS FACIL!

Ya no se deberá completar la Declaración Jurada para salir del país.

La DDJJ de ingreso al país debe ser completada dentro de las 48hs previas al viaje.

En el caso de las personas menores de edad o de las personas declaradas incapaces por sentencia judicial, la DDJJ deberá ser completada por sus representantes legales.

Las personas mayores de 70 años de edad quedan exceptuadas de la obligatoriedad de ccompletar la DDJJ en forma electrónica.

 

 

https://ddjj.migraciones.gob.ar/app/home.php